¿Qué es una Asamblea Constituyente?
Una Asamblea Constituyente es un cuerpo integrado por representantes elegidos por el pueblo que tiene la potestad exclusiva de redactar una nueva Constitución. Esto significa que, si se aprueba, reemplazaría completamente la carta magna actual. Sin embargo, su propuesta final debe pasar por un referéndum, es decir, un voto directo de los ciudadanos, antes de entrar en vigencia. La Constituyente permite, en teoría, un cambio total en la estructura del Estado, lo que explica por qué su convocatoria requiere controles muy estrictos.
¿Ya se decidió si habrá Asamblea Constituyente?
No todavía. La Corte Constitucional ha dado un primer paso importante al aprobar que la vía propuesta por Daniel Noboa corresponde legalmente a una Asamblea Constituyente, lo que se conoce como la calificación de vía. Esto verifica que la iniciativa cumpla con la Constitución y la ley. Pero aún falta el segundo control, mucho más profundo, en el que los magistrados revisarán los detalles del decreto y del estatuto que plantea el presidente antes de decidir si la consulta popular puede realizarse.
¿Qué revisa la Corte en este segundo control?
En esta etapa, la Corte revisa primero la pregunta que se llevaría a consulta popular. La pregunta planteada por Noboa es extensa y precisa: “¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?”. La Corte debe asegurarse de que esta pregunta sea clara, neutral y sin inducir al voto, para que los ciudadanos puedan decidir de manera informada.
🟡#BOLETÍNCC| Con independencia y en apego a la Constitución, la Corte Constitucional califica la vía para la propuesta de Asamblea Constituyente y avanza hacia el segundo momento de control de la convocatoria. pic.twitter.com/nH1GiHuhHW
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) September 22, 2025
Además, los magistrados revisarán los considerandos del decreto, que son los argumentos que justifican la convocatoria. Noboa incluyó 33 considerandos, entre ellos la afirmación de que Ecuador atraviesa una crisis integral que no puede resolverse con cambios puntuales, sino que requiere una reconfiguración total del Estado. La Corte verificará que estos textos sean neutrales, claros y relevantes, evitando juicios de valor o información superflua que pueda influir en la decisión del elector.
Que ligeros que son para hacer análisis jurídicos mijes. La Corte Constitucional ante la petición del CNE y el reconocimiento de su jurisdicción por parte del propio Presidente, tiene que pronunciarse en dos momentos. Un primero, en el que establecen la procedencia de la vía 👇🏼 pic.twitter.com/LfjVwmq3Ym
— 𝐑𝐚𝐦𝐢𝐫𝐨 𝐆𝐚𝐫𝐜í𝐚 𝐅 (@ramirogarciaf) September 22, 2025
Por último, se analiza el estatuto de la Asamblea Constituyente, que define su estructura y funcionamiento. Noboa propone una Asamblea de 80 integrantes que trabajaría durante 180 días, con 22 asambleístas nacionales, 52 provinciales (con al menos uno por provincia y cuya fórmula final sería determinada por el CNE) y seis representantes por el exterior. También plantea que la sede y el personal administrativo de la Asamblea sean definidos por el CNE y regidos por el Código del Trabajo, no como servidores públicos. La Corte revisará que esta propuesta respete la integración democrática y la legalidad.
¿Qué pasa después de que la Corte revise todo esto?
Si la Corte aprueba todos estos aspectos, remitirá su veredicto al Consejo Nacional Electoral (CNE), que podrá convocar oficialmente a la consulta popular. Solo entonces los ciudadanos decidirán si quieren o no la Asamblea Constituyente. Por el momento, el referéndum previsto para el 16 de noviembre de 2025 ya tiene aprobadas dos preguntas: la eliminación de la prohibición de instalar bases militares extranjeras en el país y la eliminación de la obligación del Estado de asignar recursos públicos a los partidos políticos. La pregunta sobre la Asamblea Constituyente dependerá del resultado del segundo control constitucional.
En resumen
La vía de Asamblea Constituyente ya está calificada, pero falta el análisis de fondo. La Corte revisará la pregunta, los considerandos y el estatuto para garantizar legalidad y neutralidad. Solo si todo está aprobado, el CNE podrá convocar a la consulta popular, y hasta entonces los ciudadanos todavía no votarán sobre la Constituyente.
Mientras tanto, la Corte asegura que cualquier proceso se ajustará a la ley, a la Constitución y a los derechos internacionales, permitiendo que los ecuatorianos puedan tomar una decisión plenamente informada cuando llegue el momento de las urnas.